Maxima eficiencia energética en los agitadores G&G Ingenieros

Minientrada

A partir del 01 de Enero del 2017 entra en vigor la tercera fase de la Normativa Europea de Eficiencia Energética 2005/32/CE, la cual obliga a suministrar los motores eléctricos de potencia igual o superior a 0,75 kW con clase de eficiencia IE3, por lo que G&G Ingenieros suministrará sus agitadores de potencia igual o superior a 0,75 kW con clase de eficiencia IE3.

A partir del 01 de Diciembre del 2016 todas las ofertas de agitadores serán acordes a esta normativa.

Agitadores G&G con eficiencia energética IE3

A partir del 01 de Enero del 2015 entra en vigor la segunda fase del reglamento 640/2009, por lo que G&G Ingenieros suministrará sus agitadores de potencia igual o superior a 7,5kW con clase de eficiencia IE3.

A partir de Noviembre del 2014 todas las ofertas de agitadores serán acordes a esta normativa.

Comparativa entre grados de protección NEMA e IP de los motores

El índice de protección IP europeo es un estándar numérico que clasifica el nivel de estanqueidad de los motores.

La normativa NEMA es muy similar al sistema europeo, salvo que en la mayoría de los casos un único número ascendente se utiliza y cuanto mayor sea el número (siendo 13 el más alto) mayor el nivel de protección otorgada.

En la siguiente tabla se hace una comparativa entre los grados de protección NEMA e IP:

 

Grados de protección según

NEMA

IEC

1

IP10

2

IP11

3

IP54

3R

IP14

3S

IP54

4 y 4X

IP56

5

IP52

6 y 6P

IP67

12 y 12K

IP52

13

IP54

Grado de estanqueidad IP de los motores

El índice de protección IP definido en el estándar internacional IEC 60529 clasifica el nivel de estanqueidad de los motores.

La nomenclatura estándar IEC 60529:

IP-[Primer dígito] [Segundo dígito]

Primer dígito(protección contra cuerpos sólidos) Segundo dígito(protección contra líquidos)
0 Sin protección 0 Sin protección
1 Objetos mayores de 50mm 1 Caídas verticales
2 Objetos mayores de 12 mm 2 Caídas de agua hasta 15º de la vertical
3 Objetos mayores de 2.5 mm 3 Agua de lluvia hasta 60º de la vertical
4 Objetos mayores de 1 mm 4 Proyecciones de agua en todas las direcciones
5 Protegido contra el polvo 5 Lanzamiento de agua en todas las direcciones
6 Totalmente protegido contra el polvo 6 Lanzamiento de agua similar a los golpes de mar
7 Efectos de inmersión
8 Efectos prolongados de inmersión bajo presión

Zonas ATEX

La directiva europea 94/9/CE, conocida comúnmente por “ATEX”, afecta a los equipos eléctricos y no eléctricos usados en atmósferas potencialmente explosivas. Estas atmósferas pueden estar presentes en lugares donde se use disolventes inflamables o partículas combustibles.
Los disolventes inflamables pueden ser usados en limpieza o como un aditivo en cualquier proceso industrial. El equipo utilizado en estos ambientes debe ser diseñado para evitar una explosión o incendio (por ejemplo, evitar chispas o cualquier otro tipo de fuente de ignición) y que no pueden ser puestos en el mercado sin la aprobación del organismo competente, el cual emitirá un certificado de cumplimiento.
Existe otra directiva relacionada llamada la Directiva de ATEX 137 1999/92/CE sobre lugares de trabajo. Está relacionada con la seguridad en el trabajo y obliga al usuario a llevar a cabo una evaluación de riesgos y marcar las zonas afectadas de acuerdo con el riesgo en cuestión.
Ambas directivas ATEX están actualmente en vigor en la Unión Europea.
Clasificación de los equipos
Los equipos dentro del alcance de ATEX se dividen en dos grupos.
El Grupo I es para equipos usados en las minas subterráneas y las instalaciones de superficie.
El Grupo II afecta al resto de equipos y se divide en 3 categorías:
  • Categoría 1: Equipos que requieren el nivel más alto deprotección ya que se usará durante largos periodos enatmósferas potencialmente explosivas, y deberá proteger de la atmósfera incluso si falla una o dos medidas de protección.
  • Categoría 2: Equipos que requieren un alto nivel de protección para uso en ambientes con grandes posibilidades de convertirse en una atmósfera explosiva.
  • Categoría 3: Equipos en esta categoría que tienen un nivel normal de protección y cuyo uso se desarrollará en ambientes de atmósfera explosiva poco frecuente o que se produce sólo en cortos periodos.
La frecuencia en que la podemos encontrar atmósferas explosivas es la base de las “zonas” establecidas en la Directiva ATEX 137 sobre lugares de trabajo. Existen seis clasificaciones de zonas: tres donde el riesgo está en los gases y tres, en las partículas.
  • La Zona 0 (gases) es la de mayor riesgo, por lo que sólo equipos de la Categoría 1 podrán ser aceptados.
  • La Zona 1 es donde existen potencialmente riesgo de atmósferas explosivas (debido a los gases) y
  • la Zona 2 es donde es improbable o puede ser un riesgo momentáneamente, por lo que los equipos de la Categoría 3 no pueden usarse.
  • Las Zonas 20,21 y 22 son las equivalentes pero para riesgo de partículas.